El Notario en el ejercicio de sus funciones actuará como asesor jurídico de los comparecientes, procurará instruirles sobre los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que pretendan, e informará del valor y las consecuencias legales de los actos y convenios que se otorguen o sucedan ante su fe pública, por ejemplo, las siguientes:
Compraventas.
Donaciones
Testamentos
Hipotecas y su cancelación.
Tramitación de sucesiones testamentarias.
Constitución de sociedades
Poderes
Cotejos
Certificaciones de firmas
Fe de hechos
El Notario Público actuará personalmente, sin perjuicio de apoyarse en sus auxiliares para las tareas que la ley les autoriza.
Site was created with Mobirise